Abogado de procedimientos de deportación de Shenandoah

Según las leyes de inmigración de los Estados Unidos, si una persona ya no tiene ningún estatus legal para permanecer en el país, la persona puede ser expulsada de los Estados Unidos. Una persona puede llamar la atención de las autoridades de inmigración por varias razones diferentes, incluido un arresto por un delito o allanamientos en el lugar de trabajo por parte de ICE. Si está en peligro de ser deportado, nuestro abogado de procedimientos de deportación de Shenandoah puede ayudarlo.

En muchos de estos casos, el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas («ICE») emitirá un Aviso de Intención de Emitir una Orden de Remoción Administrativa Final (el «NOI»). Luego, la persona estará sujeta a detención en un centro de detención de inmigrantes. Algunos tipos de condenas están sujetos a expulsión acelerada de conformidad con 8 U.S.C. §§ 1227 (a) (2) (A) (iii), 1228 (a) – (b).

Los casos a menudo se denominan procedimiento de deportación o procedimiento de expulsión.

Abogado para Procedimientos de Deportación en Houston, TX

Después de una detención, su abogado puede ayudarlo durante una audiencia de fianza de inmigración para que su liberación pueda ser asegurada mientras sus casos avanzan a través del sistema. Además, un abogado puede ayudarlo a comprender el Aviso de Intención de emitir una Orden Administrativa Final de Deportación (el «NOI») y las defensas que podrían aplicarse.

Comuníquese con Luis F. Hess, un abogado de inmigración con experiencia con oficinas en The Woodlands, para obtener más información sobre su derecho a impugnar la deportación y solicitar la retención de deportación.

En el área metropolitana de Houston, estos procedimientos de deportación se llevan a cabo en los siguientes lugares:

  • la Corte de Inmigración de Houston en el Centro Continental II en el 9º piso en 1801 Smith Street en Houston, TX; y
  • el Tribunal de Inmigración del Centro de Procesamiento de Servicios de Houston (SPC) en 5520 Green Road en Houston, TX.

Luis Hess ayuda a los clientes que están detenidos en centros de detención en toda el área metropolitana de Houston, incluido el Centro de Detención Joe Corley, el Centro de Detención Seguro para Adultos de IAH o el Centro de Detención por Contrato de Houston.

Si ha perdido su caso o se le ha negado liberación, Luis Hess representa a inmigrantes que buscan revertir una decisión migratoria negativa en una apelación ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) o los Tribunales de Apelaciones de los Estados Unidos.

Llame al (281) 984-5294

Facing immigration concerns?

Whether you want to live in the US, get a US visa, bring your family, get employed, or legally stay in the country, our Shenandoah Immigration attorneys are here to help!

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Razones para un procedimiento de deportación

El motivo más común para un proceso de deportación es que el inmigrante está acusado de cometer uno de varios delitos castigados con deportación, que incluyen:

  • Trata de personas;
  • Dos o más delitos de depravación moral dentro de los cinco años posteriores al ingreso que resulten en una sentencia de más de un año de cárcel;
  • Un delito de violencia doméstica; o
  • Un delito agravado;

Otros motivos de deportacion o expulsion incluyen:

  • Cometió fraude matrimonial;
  • No ser eligible para admisión al momento de ingresar al país;
  • Se presentó falsamente a sí mismo como ciudadano estadounidense;
  • Violó los términos y condiciones de una visa;
  • Violó la Ley de Registro de Extranjeros para el registro con el gobierno;
  • Falsificó documentos de inmigración;
  • Se volvió dependiente de ayuda gubernamental;
  • Participó en un vuelo de alta velocidad desde un puesto de control de inmigración; o
  • Es adicto a las drogas.

Los extranjeros en proceso de deportación tienen derecho a ser representados por un abogado, el derecho a examinar las pruebas en su contra y el derecho a contrainterrogar a los testigos. 8 U.S.C. Sección 1229a (b) (4) (A), (B).

La corte de inmigración también está obligada a mantener un registro completo, incluida una grabación «literal», de todos los testimonios y pruebas presentados en la audiencia. 8 U.S.C. § 1229a (b) (4) (C); 8 C.F.R. § 1240.9. Además, los procedimientos de inmigración se rigen por una carga de la prueba prohibida por ley. 8 U.S.C. § 1229a (c).